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CONTRATO DE COMPRA VENTA CON RESERVA DE DOMINIO



CONTRATO DE COMPRA VENTA CON RESERVA DE DOMINIO - SALES AGREEMENT WITH RESERVE DOMAIN

Contrato que celebran por una parte [Seller's Name / Nombre del Vendedor] a quien en el curso de este contrato se le denominará "el vendedor" y por la otra [Buyer's Name / Nombre del comprador] a quien en lo sucesivo se le denominará "el comprador" bajo las siguientes condiciones:

CLAUSULAS

1 a. "El vendedor" vende y "el comprador" compra los siguientes efectos [Description of Items / Descripción de los efectos].

2a.El precio de los efectos descritos en la cláusula anterior será respectivamente de $ [Price of Items / Precio de los efectos] siendo, en consecuencia, el precio total de esta operación de compra la cantidad de $ [Total Price / Precio Total].

3a. El comprador entrega a cuenta del precio de los efectos descritos en la cláusula 1a y en proporción al valor de cada uno de ellos la cantidad de $ [Initial Payment / Pago Inicial] y en consecuencia se declara deudor del vendedor por la cantidad de $ [Amount to Pay / Cantidad a pagar] la cual se compromete a pagar en entregas iguales mensuales de $ [Monthly Payment / Pago de mensualidad] cada una, a partir del día del mes de del año de y una entrega final de $ [Final Payment / Pago final]

4. El vendedor se reserva la propiedad de los efectos vendidos y que se describen en la cláusula 1a de este contrato, mientras el comprador no satisfaga total e íntegramente el saldo del precio aplazado; y en consecuencia, el comprador se obliga a no trasladar del domicilio consignado en la cláusula 11a de este contrato, ni vender, arrendar, gravar, afectar o reformar dichos efectos, sin el previo consentimiento por escrito del "el vendedor", así como a responder de la pérdida, destrucción o de los daños que sufran por cualquier causa los bienes vendidos; y es condición que la falta de pago de uno sólo de los abonos en los plazos convenidos para el pago en la cláusula 3a de este contrato, dará lugar a la rescisión del mismo; siendo potestativo para "el vendedor" optar por la rescisión de este contrato recobrando los efectos vendidos o exigir su cumplimiento, dando por vencida la obligación de pago del comprador, para lo cual podrá hacer efectivas las letras de cambio o pagares que para control de dichos cobros y comprobación de los pagos sobre saldos del precio aplazado suscribe y entrega "el comprador", sin que la entrega de dichos documentos impliquen el pago del precio aplazado.

5a- "El comprador" declara haber recibido los efectos vendidos en perfecto estado y a su entera satisfacción.

6a.- Si "el comprador" abonara mayores o menores cantidades de las estipuladas y lo admitiere "el vendedor", no se entenderá modificado ni novado el contrato, pues dichos abonos serán a cuenta de abonos mensuales vencidos o no satisfechos o de los que estén por vencerse. Los abonos o parte de abonos que se adeuden devengarán interés del [Monthly Interest / Interés Mensual] % mensual desde la fecha de sus respectivos vencimientos y hasta su pago total sin que ello constituya una prórroga de los plazos.

7a.- "El vendedor" queda expresamente autorizado para aplicar los pagos mensuales en el orden o en la proporción que estime conveniente para cubrir el importe de los efectos vendidos mediante este contrato.

8a.- El comprador notificará al vendedor tan pronto como sea posible el cualquier daño, desperfecto, rotura o accidente de cualquier clase que sufran los efectos vendidos, su declaración en concurso de acreedores, suspensión de pagos o en quiebra; y anticipadamente sus cambios de domicilio para los efectos del traslado de los objetos vendidos, a fin de que en cualquiera de esos casos pueda "el vendedor" tomar sin dilación las medidas conducentes a la protección de sus intereses.

9a. Será por cuenta del "comprador" el pago de todos los impuestos y contribuciones, ahora, existentes o que en adelante se establezcan sobre los objetos vendidos y por su uso, debiendo obtener las licencias o permisos requeridos por la ley.

10 - En caso de optar por la rescisión "el vendedor", recibirá por concepto de renta de los efectos materia de esta compraventa, las cuales se fijan por perito designado por las partes, [Appraiser's Name / Nombre del Perito] serán el monto del importe de los pagos mensuales que "el comprador" se obliga a hacer a cuenta del precio aplazado, en términos de la cláusula 3a de este contrato, hará suyas dichas cantidades pagadas como renta mensual Igualmente, para el caso de que "el vendedor" optase por la rescisión, podrá hacer suya, sin necesidad de recurrir a procedimiento judicial alguno, la cantidad que "el comprador" ha pagado en el momento de la firma de este contrato a cuenta del precio de los efectos vendidos, ya que en dicha cantidad se ha fijado el importe de la pena convencional que el comprador debe pagar al vendedor en caso de incumplimiento por concepto de daños y perjuicios; sin perjuicio de que si los daños fuesen mayores, quedan a salvo los derechos de "el vendedor" para exigirlos

11.- EL Vendedor se obliga mancomunada y solidariamente con el comprador al cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato en los términos de las estipulaciones anteriores las cuales acepta en todas sus partes.

12- "El comprador" deja en depósito de "el vendedor" la factura que ampara esta operación en tanto que cumple todas las obligaciones del presente contrato; y señala como su domicilio en [Buyer's Address / Domicilio del comprador].

13.- "El vendedor" y "el comprador" con renuncia expresa del fuero de sus respectivos domicilios se someten expresamente a los Jueces y Tribunales de [Jurisdiction City / Ciudad de Jurisdicción]

Leído que fué este contrato, las partes lo ratificaron y firmaron en [City of the Contract / Ciudad del Contrato] el [Date of the Contract / Fecha del Contrato].

EL COMPRADOR
EL VENDEDOR
FIADOR